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jueves, 21 de octubre de 2010

Concurso: Gánese un iPod Nano con Mae y Caribbean Breeze

Lo que todos estábamos esperando, un concurso!



REGLAMENTO:
REQUISITOS Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN
Mae! Y Caribbean Breeze Costa Rica


CÓMO PARTICIPAR
  1. Ser fan de Mae! (http://www.facebook.com/maecr) y Caribbean Breeze (http://www.facebook.com/caribbeanbreezecr)
  2. Publicar en el muro de Mae! “Estoy participando en el concurso de Mae! y Costa Rica Caribbean Breeze.”  Recuerden poner el “@” antes de Mae! y Caribbean Breeze, para que se haga un enlace y se publique en los muros de los dos, para así poder contabilizarlo.

CÓMO SE GANA
  1. De forma aleatoria se escogerá el ganador, por medio del servicio de www.random.org
  2. ¿Cómo se le asigna su número? Por orden de comentario en el Muro de Mae!.

PREMIO

  • Un iPod Nano sexta generación.
  • Un paquete de productos Caribbean Breeze que incluye:
    • Bloqueador factor 45
    • Bronceador factor 4
    • Crema hidratante
    • Protector labial con sabor a mojito
    • Protector facial en barra
    • Bola de playa
    • Frisbee
    • Porta latas
    • Bolso de manta

PATROCINADOR Y PARTICIPANTES
  1. La promoción, su mecánica, la publicidad y los derechos de autor que de la actividad se deriven, son propiedad exclusiva de Mae! y el Patrocinador de la empresa Importadora Arcoiris Guqui S.A.
  2. La promoción es por tiempo limitado, inicia el 21 de octubre del 2010 a las 8.10 p.m. y finaliza el 21 de noviembre del 2010 a las 5:30 de la tarde.
  3. La duración de la promoción podría extenderse a criterio del Patrocinador, quien estará comunicando previamente.
  4. Solamente podrán participar en esta promoción personas físicas mayores de 18 años que cuenten con un documento de identificación válido y al día, reconocido por el Gobierno de la República de Costa Rica. Pueden participan menores de edad con la autorización de sus padres, encargados, o responsables que deberán manifestar en caso de ser adjudicatarios del premio.
  5. Todas aquellas personas que no residan en territorio costarricense pueden participar en la promoción, sin embargo no pueden resultar ganadores de los premios.
  6. La promoción se llevará por medio del Facebook de Mae!: www.facebook.com/maecr

GANADOR
  1. El ganador será anunciado por ese mismo medio el 28 de noviembre a las 6:00 pm de Costa Rica, en caso de cambio de fecha de la promoción, se anunciará previamente la fecha y por el mismo medio en que se anunciará al  ganador.
  2. La persona que resulte ganadora se anunciará por Facebook en el muro de Mae! y en el muro del Patrocinador (http://www.facebook.com/caribbeanbreezecr) en caso de que el ganador no aparezca en un plazo mayor a 48 horas, se volverá a generar un número aleatorio.
  3. Para coordinar la entrega del premio, los ganadores deberán enviar un correo con sus datos personales a: mae@maecr.com (nombre completo, número de cédula, dirección y número de teléfono) y en caso de ser menores se deberá adjuntar la respectiva autorización de sus padres o encargados.
  4. Toda persona que desee participar en la promoción, deberá afiliarse a Costa Rica Caribbean Breeze y a Mae! por medio de la página de Facebook y deberá tener conocimiento de este Reglamento, ya que el reclamo, la aceptación conlleva la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones y la forma de participación, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades que se establecen. Si una persona no se adhiere o no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, el patrocinador no asumirá ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de entregar el premio.
  5. El ganador o ganadora de la promoción está de acuerdo en ceder los derechos de imagen para ser usados en campañas de televisión, radio  e impresas, entiéndase (prensa, vallas de carretera e internet).
  6. No se aceptarán perfiles creados exclusivamente para esta promoción, perfiles que no tengan contactos, o con poco o nada de movimiento. En este caso los puntajes serán invalidados.

RESPONSABILIDAD, CONDICIONES Y RESTRICCIONES
  1. Cualquier asunto que se presente con la promoción y que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto por el patrocinador, en estricto apego a las leyes de la República.
  2. Bajo ninguna circunstancia el patrocinador reconocerá el reclamo fuera de las disposiciones de éste reglamento.
  3. Si un consumidor no acepta la promoción o sus condiciones, se considerará que ha renunciado y extinguido en relación al favorecido y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente. De esta circunstancia se levantará un acta notarial.
  4. Los patrocinadores suspenderán en forma inmediata la presente promoción, sin asumir responsabilidad  alguna, si se llegasen a detectar defraudaciones tales como alteraciones, imitaciones, sustituciones o cualquier otra irregularidad, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses de la empresa patrocinadora.
  5. Igualmente, los patrocinadores se reservan el derecho de modificar este reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción. Las anteriores circunstancias se comunicarán en la misma forma que el presente reglamento, fecha a partir de la cual la promoción cesará, o la reforma al reglamento quedará vigente.
  6. El premio no puede ser canjeado por dinero en efectivo, ni por ningún otro tipo de bien o servicio.
  7. La responsabilidad de las empresas patrocinadoras se limita a la entrega  de los premios ofrecidos en los apartados correspondientes de este reglamento, cualquier situación posterior a la entrega de los premios, no será responsabilidad de las empresas patrocinadoras.
  8. Los ganadores no podrán reclamar otras características y condiciones en los premios que no sean las especificadas en el presente reglamento y previamente definidas por la empresa Patrocinadora.
  9. El presente reglamento estará disponible en la página de Facebook de Mae! en la cejilla que tiene por nombre “Notas”.
  10. Fecha de emisión de este reglamento: 21 de octubre del 2010.

Cualquier asunto que se presente con el concurso y que no se indique expresamente en el presente reglamento, será resuelto por las empresas patrocinadoras, de conformidad  con las Leyes de Costa Rica.

5 comentarios:

Mae, muy injusto, muchos no tenemos Facebook.
Y los twitteros?

Es más fácil un re tweet que toda esa mecánica .

Chebas, gracias por su comentario, lo invito a ver nuestro perfil en twitter,
http://twitter.com/siasmae

Dale RT y quedas participando, Saludos.

heiii expliquemen lo de El ganador o ganadora de la promoción está de acuerdo en ceder los derechos de imagen para ser usados en campañas de televisión, radio e impresas, entiéndase (prensa, vallas de carretera e internet). ke signifaa o kee me explicaa ? xfiss..!!

Benjamin, claro esto significa que cuando entreguemos el iPod y los productos de Caribbean Breeze y le tomemos una foto para que la comunidad vea que no fué falso, entonces con esa foto, ustedes nos da derecho a usarla para ponerla en Internet (Facebook de Mae) y también vallas publicitarias si se diera el caso.

Saludos

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